ART – Accidentes en el trabajo

Abogados Especialistas en reclamos de riesgos del trabajo A.R.T

¿Sufriste un Accidente de Trabajo?

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Máxima Indemnización!

“Reclamar la Máxima Indemnización para nuestros clientes es nuestro compromiso y es su derecho.

Accidente de Trabajo

Inicie el reclamo sin gastos ni adelantos. Solo cobramos al final (Solamente si ud. gana)

Si sufrió un accidente en el trabajo, o en el trayecto desde tu casa al trabajo o viceversa (accidente in itinere), tenés derecho a una indemnización. Inicia ahora el trámite de reclamo contra la ART para cobrar la máxima Indemnización posible con nuestro equipo de Abogados y Médicos especialistas.

enfermedad profesional

Enfermedad Profesional

Si padece una enfermedad profesional o enfermedad laboral ocasionada como resultado directo del lugar de trabajo del tipo de trabajo que realizas, tramite el reclamo de inmediato contra la ART para poder cobrar la Indemnización máxima posible.

  • IMPORTANTE:
  • El reclamo es contra la ART (No es contra tu empleador)

A la hora de iniciar tu reclamo, contar con un Equipo de Abogados especialistas es primordial


 Guía de Preguntas:

¿Qué se considera un Accidente de Trabajo?

Accidente de trabajo es todo hecho súbito y violento que ocurra en ocasión del trabajo, básicamente es todo accidente que ocurre en el lugar donde el trabajador realiza su tarea y por causa de la misma. También se considera accidente de trabajo a los ocurridos entre el trayecto que va desde el domicilio del trabajador hasta el lugar del trabajo (accidente in itinere). 

¿Qué son las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)?

Son empresas privadas (sociedades anónimas) con fines de lucro (con fines comerciales) contratadas por los empleadores para asesorarlos en las medidas de prevención de riesgos del trabajo y para reparar los daños en casos de accidentes de trabajo o enfermedades de origen laboral. 

¿Qué es Accidente In Itinere?

Es el accidente que ocurre en el trayecto que el trabajador hace hacia al trabajo o en el camino de vuelta a su domicilio. Los accidentes que se dan con más frecuencia suelen ser los provocados por accidentes de tránsito y los que son productos de la inseguridad actual (robos violentos, caídas, etc.) 

¿Qué debo hacer en caso de accidente o enfermedad profesional?

Tenés que informar el hecho ante tu empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o enfermedad a la ART para que te brinden de manera inmediata las prestaciones médicas. Si no puede el trabajador informarlo por su estado de salud, lo pueden hacer sus familiares. 

¿Qué pasa si el empleador no denunció tu accidente o enfermedad profesional?

Podes efectuar vos mismo la denuncia a la ART o los familiares del trabajador en caso de que este no pueda. En la credencial de tu ART, que tu empleador tiene la obligación de entregarle, figura una línea telefónica gratuita para hacer la denuncia. Si no sabés que ART tenés o querés que te asesoremos,  inmediatamente. La aseguradora deberá proporcionarte un número de siniestro. Si esto no sucede, hay que realizar la denuncia por un medio formal de forma fehaciente a fin de quedarse con una constancia a través de un telegrama laboral (gratuito), contáctanos para que te redactemos el telegrama y lo puedas enviar. Siempre te recomendamos que inicies el trámite desde el principio asesorado por un abogado especialista

Si la ART no me recibe la denuncia, ¿qué debo hacer?

La ART tiene la obligación de recibir toda denuncia de accidente o enfermedad profesional. Si se negara a hacerlo, contáctanos para que le notifiquemos fehaciente y de manera formal mediante el envío de un telegrama laboral (gratuito). 

¿Qué debe hacer la ART a partir de la recepción de la denuncia?

Debe otorgarte en forma inmediata toda la asistencia médica, farmacológica, prótesis, órtesis o rehabilitación que sean necesarias, sin límites y en forma totalmente gratuita. Además debe reintegrarte el costo del traslado en transporte público, hacia y desde el prestador médico. En caso de necesitar otro tipo de traslado, el mismo debe ser indicado por el médico tratante y cubierto obligatoriamente por la ART. 

¿La ART puede rechazar un accidente o enfermedad profesional?

A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de diez (10) días hábiles para rechazar el accidente o enfermedad profesional, pudiendo extender este plazo por otros diez (10) días hábiles, siempre que le notifique al trabajador que hará uso de este nuevo periodo. Si durante ese tiempo la ART no te notifica el rechazo, queda obligada a brindarte todas las prestaciones de la ley. Contáctanos si la ART te rechazó el accidente o enfermedad. 

¿Qué puedo hacer si la ART rechaza mi accidente o enfermedad profesional?

Te recomendamos actuar con un equipo de abogados especialistas para presentarte ante la Comisión Médica correspondiente para iniciar el trámite por Rechazo de la denuncia de la contingencia. 

¿Qué hago si la ART no rechaza mi denuncia pero no me brinda atención médica?

Transcurridos tres días de efectuada la denuncia se puede iniciar un trámite ante la Comisión Médica por Silencio de la ART. 

¿Quién debe hacerse cargo de los gastos de traslados durante el tratamiento?

La ART debe reintegrar los gastos de traslado en transporte público hacia y desde el prestador. En caso de necesitar otro tipo de traslado, el mismo debe ser indicado por el médico tratante y cubierto obligatoriamente por la ART. Si tuviera que concurrir a citaciones en las Comisiones Médicas, Juzgados, organismos laborales habilitados y también a los prestadores médicos que efectúan los estudios complementarios, la ART debe pagar los gastos de traslado ida y vuelta, excepto si rechazó el accidente o enfermedad profesional. Además, y si correspondiese, abonará el alojamiento y alimentación durante el tiempo que el trabajador deba estar a disposición de dichas entidades. En caso de que la ART no te cubra los gastos, contáctanos.

¿Hasta cuándo debe atenderme la ART?

La ART te debe proporcionar la atención médica asistencial mientras perdure la enfermedad laboral o las consecuencias del accidente de trabajo, o sea, hasta la curación definitiva. 

¿Me pagan el sueldo en caso de accidente o enfermedad profesional?

Si claro, cobrás tu sueldo mientras no puedas trabajar. El sueldo estará a cargo de tu empleador los primeros diez (10) días (contados a partir del día siguiente a la fecha del accidente o de la primera manifestación invalidante de la enfermedad) y a partir del día 11 los pagos corren por cuenta de la ART. 

¿Contra quien es el Reclamo?

El reclamo es contra la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo), quien es la responsable de abonar la Indemnización. El reclamo NO es contra tu empleador

¿Corro riesgo de perder mi trabajo?

No, es un reclamo independiente contra una Aseguradora que no tiene nada que ver con tu empleador. 

Una vez dado de alta, ¿qué debo hacer si estoy en desacuerdo?

Si la disconformidad es con el Alta Médica otorgada podés presentarse en la Comisión Médica correspondiente a su domicilio para iniciar un trámite de Divergencia en el Alta hasta el quinto día hábil de otorgada la misma. 

¿Cómo me notifican del alta médica?

La ART debe notificarte por escrito y a tu empleador el alta médica definitiva con la fecha de regreso al trabajo. Si no estás conforme con el alta médica, .

¿Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con el porcentaje de incapacidad fijado por las Comisiones Médicas?

Dentro del plazo de cinco días de notificado del dictamen, se puede presentar una apelación en la Comisión Médica por escrito indicando los motivos y fundamentos legales dirigida a la Comisión Médica o a los Juzgados Laborales. 

¿Qué debo hacer si estoy dado de alta y la ART no inició el trámite ante las Comisiones Médicas para fijarme el porcentaje de incapacidad?

Es una situación que suele ocurrir. En ese caso hay que iniciar un trámite de Divergencia en la Determinación de la Incapacidad (pasados los 20 días hábiles del alta médica) en la Comisión Médica correspondiente a tu domicilio. 

¿Necesito un Abogado?

Si, para concurrir a la Audiencia ante la Comisión Médica de la SRT, para iniciar una demanda judicial,  y para otros actos jurídicos es necesario que como trabajador / trabajadora tengas la representación legal de un Abogado, que siempre es recomendable que sea de tu libre elección. 

¿Que beneficio tiene iniciar el trámite de reclamo con un especialista?

Las Aseguradoras son empresas privadas, cuyo objetivo principal como toda empresa es obtener ganancias y rentabilidad. En este sentido podrán «intentar»  otorgarte un porcentaje de incapacidad bajo para pagar muchísimo menos de lo que corresponde realmente de indemnización, o incluso no otorgarte incapacidad o rechazarte directamente  el reclamo para no pagarte indemnización alguna.Es muy recomendable que inicies el reclamo desde el inicio con la representación legal de un Estudio Jurídico que tenga un equipo de Abogados y de especialistas de tu elección, que conozcan y tengan amplia experiencia en el proceso de reclamo ante la SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), las Comisiones Médicas, los Juzgados Laborales, y que cuente con un equipo técnico de Médicos especialistas privados. Cualquier error en el proceso, o una incorrecta presentación o fundamentación técnica del caso puede ser utilizada a su favor por la ART para no pagar la indemnización o pagar menos. 

¿El abogado puede acordar un monto de indemnización sin mi consentimiento?

No, el Abogado no puede llegar a un acuerdo sin tu consentimiento expreso y firma del mismo. Nuestros abogados trabajan informando cada paso a nuestros clientes, con su expreso consentimiento previo en cada acto, y es el cliente quien tiene siempre y en todo momento la decisión final de aceptar o no el monto de la indemnización. 

¿El abogado puede cobrar por el cliente la indemnización?

No, el abogado no puede cobrar la indemnización a tu nombre. No importa el documento que hayas firmado, solo el trabajador / trabajadora puede cobrar la indemnización. Nuestro Equipo de Abogados jamás te hará firmar un Poder con facultades de Cobro o documentación similar.  

¿Conviene aceptar el monto de indemnización en la Comisión Medica?

Esto dependerá del monto ofrecido por la ART en base al grado de incapacidad otorgado. Al iniciar el trámite con especialistas presentando la documentación legal, técnica e informes de peritos médicos privados se fundamenta legal y técnicamente el reclamo lograr un grado de incapacidad mayor, y en consecuencia la ART tendrá que ofrecer un monto superior. Pero puede pasar que el porcentaje o grado de incapacidad otorgado por la ART no sea el que te corresponde, y en ese caso será conveniente iniciar el reclamo vía judicial. Nuestro abogados siempre van a luchar por conseguir el máximo posible de porcentaje de incapacidad para que puedas obtener la indemnización que te corresponde en el menor tiempo posible. 

¿Cómo se calcula el monto de la indemnización por Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional?

El cálculo se realiza mediante una formula compleja que tiene en cuenta varios factores, como tu edad al momento del accidente o la primera manifestación de la enfermedad laboral, el sueldo promedio de los últimos 12 meses, intereses, tasas y formulas de coeficientes.
Hemos creado una calculadora para que puedas calcular tu indemnización de manera profesional completando unos simples datos, 

¿Tengo que hablar primero con un Abogado Laboral o con la ART?

Siempre te vamos a recomendar que hables con un Abogado Laboralista especialista en este tipo de reclamos. No por que sea nuestra especialidad, sino que realmente es la opción más beneficiosa para el trabajador en cuanto a que pueda iniciar el trámite de reclamo de manera correcta, asesorado por un profesional, reclamando el máximo posible y haciendo valer sus derechos en todo momento del proceso, evitando cometer errores. 

¿Tengo que pagar algo para iniciar el reclamo?

No, en nuestro caso solo cobramos a resultado exitoso, sino ganamos el reclamo no cobramos nada a nuestros clientes. Nuestros honorarios son lo pactado cliente – Profesional

¿Qué tengo que hacer si me quedaron secuelas incapacitantes producto del accidente o la enfermedad profesional?

En esa situación, daremos inicio a un trámite llamado de “Divergencia en la determinación de la incapacidad” para que los médicos de la comisión médica de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo procedan a evaluarlo y luego dictaminen un porcentaje de incapacidad. Ese porcentaje servirá para determinar la indemnización correspondiente

Te invitamos a ver el como funciona el proceso .

Por qué elegirnos:

Estudio Jurídico Líder

Hemos logrado consolidarnos como una firma líder de abogados especialistas en Derecho Laboral, Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, con más de 20.000 reclamos.

Sin gastos ni Adelantos

No cobramos gastos ni adelantos. Nos hacemos cargo de los gastos de tu reclamo, y solo cobramos honorarios en caso de resultado exitoso. No ganamos, no cobramos.

Máxima Indemnización

Nuestra experiencia y tenacidad para que obtengas el mayor Monto de Indemnización posible

Honorarios a Resultado Exitoso

Solo abonas honorarios si tu caso llega a un resultado exitoso. No te cobramos sino ganamos, y esto lo garantizamos por escrito. Nuestros honorarios son los legales, nunca hay sorpresas.

Rapidez

Tenemos la estructura y los medios garantizando un equipo de abogados que se especializa en cada etapa del caso, acelerando la tramitación hasta lograr el mejor resultado y con la mayor celeridad.

Más De 10.000 Casos

Más de diez mil casos llevados exitosamente nos avalan , contando actualmente con más de 4.000 calificaciones positivas de clientes en Google.

Todos Los Reclamos

Atendemos todos los casos laborales y de accidentes. No importa que creas que tu caso es chico o no merece hacer un reclamo por el monto. Nosotros nos encargamos. .

Experiencia y Trayectoria

Más de 40 años en el ejercicio de la Abogacía, con especialización en Derecho Laboral, Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Por qué necesitas Abogados de Confianza:

  • Te rechazan el Accidente o EnfermedadLas ARTs son empresas privadas y la rentabilidad de su negocio es abonar la menor indemnización posible o en muchos casos directamente NO abonarla. Cualquier error en el técnico en el trámite del reclamo, falta de documentación, informes médicos incorrectos, prueba insuficiente, etc., será utilizado para rechazarlo. Por ello, nunca inicies el trámite de reclamo sin tu abogado especialista de confianza.
  • Te llaman de la ART ofreciendote un monto rápidoUna táctica habitual que utilizan las ARTs es llamarte y ofrecerte una indemnización rápida, un ofrecimiento de dinero para que firmes un acuerdo “express”. Lo que debes saber es que lo que te ofrecen siempre es mucho menor a lo que te corresponde. Nunca aceptes ni firmes nada sin tu abogado de confianza.
  • No te dan los turnos médicos.No se comunican para otorgarte el turno médico, o te informan que te “citaron” pero nunca te llegó una notificación. Estas situaciones ocurren constantemente, y demoran permanentemente el trámite ocasionando muchas veces un desgaste y cansancio.
  • No te dan el tratamiento médico que corresponde. Te proporcionan un tratamiento médico inadecuado, insuficiente o que no cumple con lo necesario para que tengas una correcta curación y recuperación.
  • No te envían los traslados No te envían en tiempo y forma los traslados (remises, etc). Esta y otras acciones negativas suelen provocar un un desgaste permanente en el trabajador que ocasiona que muchas veces abandone su reclamo.
  • Te dieron el Alta MédicaLa ART te dió el Alta Médica cuando no corresponde o no has transitado un proceso de curación o rehabilitación completo.
  • No estás conforme con el Prestador. No estás conforme con la atención del prestador médico que te asignaron o sos victima de una mala atención profesional.

3- Promover la re calificación de los trabajadores damnificados.
4- Promover la negociación colectiva.

Trabajamos para que puedas cobrar lo que te corresponde de forma rápida y segura. Solo necesitas realizar un simple trámite que es conveniente iniciarlo antes de que te otorguen el alta médica.​​​​​​​No afecta en nada a la empresa ni a la atención Médica que te están brindando.


Si tu accidente se produce mientras estabas yendo o volviendo del trabajo sin importar el tipo de accidente que sufras, tu ART debe brindarte prestaciones médicas, abonarte el sueldo y finalmente indemnizar la incapacidad física que sufriste. La correcta gestión del reclamo de lo que te corresponde, no interrumpe, ni perjudica tu tratamiento médico y agiliza tu reclamo para el cobro de la indemnización.   
                                

¿QUIÉN PAGA EL SUELDO CUANDO HAY UN ACCIDENTE DE TRABAJO?

Es usual que el salario lo siga pagando el empleador, pero la ART luego reintegra ese monto a tu empleador. En definitiva, el costo lo paga la ART.                                                         

 ¿CUÁNDO SE TERMINA EL TRATAMIENTO MÉDICO?

La ART lo decide a su criterio. Hay muchos abusos detectados, porque para la ART sos un gasto, no un paciente.

En el caso de que la prestación médica sea defectuosa o tú estado de salud no te permite volver al trabajo, comunícate con nosotros.

¿Y si ya me dieron el alta en la ART pero estoy en desacuerdo?

Cuando la ART otorga el alta médica sin fijar incapacidad laboral o menor de la real, para salvaguardar sus derechos debe iniciar un reclamo ante una Comisión Médica.

¿Qué pasa si la ART rechaza la denuncia?

Si la ART llegara a rechazar la denuncia presentada por el trabajador, éste tiene el derecho a apelar la decisión, iniciando el “Trámite por rechazo de la denuncia de la contingencia”. En ese caso es conveniente consultar con una abogado de confianza.

¿La ART rechazó tu accidente o enfermedad profesional?¿La ART no se comunica para darte los turnos médicos?¿Sentís que no te dan el tratamiento correspondiente?¿Estás disconforme con el prestador médico que te da la ART?
¿Te dieron el alta médica?

¿Hay algún límite de tiempo para hacer el reclamo?

Sí, el plazo legal para realizar un reclamo o juicio laboral es de 2 años de ocurrido el accidente laboral.

¿Quién hace la denuncia y a quién reclamarle?

Lo que primero se debe hacer, es informar al empleador, ya sea por un caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional. El empleador tiene la responsabilidad de comunicar el siniestro a la ART (Aseguradora de Riesgos de Trabajo), en caso de que haya contratado una. En el caso de que el empleador no cumpla con su obligación de denunciar el accidente de trabajo ante la ART, el trabajador tiene el derecho de hacerlo por su cuenta. Nosotros podemos ayudarlo a denunciar el siniestro, sin costo alguno.

¿Querés saber el monto de la  indemnización que te corresponde?

Para saber el monto que te corresponde necesitamos:

Edad, recibo de sueldo, remuneración mensual

CONSULTE POR 

DIVERGENCIA EN LAS PRESTACIONES MÉDICAS.

RECHAZO DE LAS  PRESTACIONES.

DIVERGENCIA EN EL ALTA MÉDICA.

PROCEDIMIENTO EN LAS COMISIONES MÉDICAS DE LA SRT

Dentro de los 15 días hábiles de otorgada el alta médica por la ART, se iniciará el trámite para determinar su porcentaje de incapacidad y establecer cuál será la indemnización que la ART debe pagarle por su accidente de trabajo.

La SRT lo citará a una junta médica a la que se debe asistir con un abogado (si usted no tiene uno, la SRT se lo brindará gratuitamente al cual no aconsejamos. Usted debe contratar a su abogado de confianza para su representación y que realmente defienda sus intereses.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y su ART van a ofrecerle insistentemente a los abogados gratuitos, esgrimiendo que al usar sus servicios Ud. no tendrá que pagar honorarios y que ello será un gran beneficio para Ud.

Los abogados “gratuitos” en este sector, no defienden los intereses del trabajador, sino los intereses económicos de quien les paga el sueldo.

¿Por qué NO conviene que te patrocine un abogado “gratuito” de la SRT?

  • No aportan estudios de médicos legistas.
  • Tampoco van a apelar cuando se le determine una incapacidad baja
  • Los médicos que revisan al trabajador cobran sus sueldos de fondos provenientes de las ART

Si el trabajador NO acepta la incapacidad baja por el magro ofrecimiento económico que le hace su ART.  El abogado gratuito, le dirá que no puede representarlo más.

Comuníquese por un asesoramiento onlineIniciamos el trámite SIN GASTOS.  Consulte